Durante el mes de enero de 2012, ANSES continuará atendiendo al público normalmente en sus 400 oficinas de todo país en sus horarios habituales, y de 8 a 20hs desde el número gratuito 130. Además, los ciudadanos podrán realizar trámites y consultas en la página de Internet, www.anses.gob.ar, las 24 horas.
Diego Bossio, director ejecutivo de ANSES, destacó que “nuestro compromiso con los beneficiarios es todos los días del año, por eso garantizamos la atención al público también durante los meses de vacaciones”.
Los ciudadanos podrán gestionar jubilaciones, pensiones, reconocimientos de servicios y todos los trámites previstos en el sistema de turnos. También asignaciones familiares, CUIL, Clave de la Seguridad Social, Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, cambio de banco y de obra social para jubilados y pensionados, entre otros.
CANALES DE ATENCIÓN POR INTERNET
Recientemente, ANSES incorporó en www.anses.gob.ar, dos aplicativos que permiten realizar consultas y ponerse en contacto con el organismo, las 24 horas.
El servicio denominado “ANSES 1 Click” posibilita, de manera más ágil y práctica, obtener constancias de CUIL, consultar las fechas de cobro de jubilaciones y pensiones, y verificar los trámites previsionales iniciados.
Gracias a la aplicación “ANSES Responde”, los ciudadanos pueden acceder a las consultas generales, la solicitud de reclamos, las denuncias por fraudes, además de contar con un espacio de sugerencias.
jueves, 29 de diciembre de 2011
ANSES atenderá normalmente durante enero
CALENDARIO: Feriados y días no laborables 2012
FERIADOS INAMOVIBLES
Fecha | Día | conmemoración |
1° de Enero | Domingo | Año Nuevo |
20 y 21 de Febrero | Lunes y Martes | Carnaval |
27 de Febrero | Lunes | Día del Bicentenario de la Creación y Primera Jura de la Bandera Argentina* |
24 de Marzo | Sábado | Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia |
2 de Abril | Lunes | Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas |
6 de Abril | Viernes | Viernes Santo |
30 de Abril | Lunes | Feriado Puente Turístico |
1° de Mayo | Martes | Día del Trabajador |
25 de Mayo | Viernes | Día de la Revolución de Mayo |
20 de Junio | Miércoles | Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano |
9 de Julio | Lunes | Día de la Independencia |
8 de Diciembre | Sábado | Inmaculada Concepción de María |
24 de Diciembre | Lunes | Feriado Puente Turístico |
25 de Diciembre | Martes | Navidad |
* Se rige por Ley 26721/11 y decreto de Promulgación 245/11
FERIADOS TRASLADABLES
Fecha | Día | conmemoración |
17 de Agosto (*) | Lunes 20 de Agosto | Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín |
12 de Octubre (*) | Lunes 8 de Octubre | Día del Respeto a la Diversidad Cultural |
20 de Noviembre | Lunes 26 de Noviembre | Día de la Soberanía Nacional |
Días no laborables
Fecha | Día | conmemoración |
6 al 8 de Abril 12 al 14 de Abril | Viernes a Domingo Jueves a Sábado | Pascuas Judías (b) Los dos primeros días y los dos últimos días de la Pascua Judía (b)* |
5 de Abril | Jueves | Jueves Santo Festividad Cristiana |
24 de Abril | Martes | Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos (a) |
16 de Septiembre | Domingo | Año Nuevo Judío (b)** |
25 de Septiembre | Martes | Día del Perdón (b)*** |
# sin fecha | Fiesta del Sacrificio (c) | |
# sin fecha | Año Nuevo Islámico (c) | |
# sin fecha | Culminación del Ayuno (c) |
dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio.
Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se Invíta a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
* Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 6 de abril a las 18,20 horas y finaliza el 8 de abril a las 19,20 horas.
Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 12 de abril a las 18,15 horas y finaliza el 14 de abril a las 19,15 horas.
Fuente: Ministerio del Interior - Imagen: La Nación
Impuesto a las Ganancias: Montos de deducciones personales vigentes
Convenio Multilateral: Desde enero los contribuyentes SICOM deberán pagar mediante VEP
De conformidad con lo establecido por la Comisión Arbitral a través de la Resolución General Nº 12/2011 (B.O. del 28/12/2011), los contribuyentes comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral, incorporados en el sistema SICOM, a partir del 1º de enero de 2012 deberán efectuar el pago del impuesto mediante transferencia electrónica de fondos, a través de la generación de una VEP.
Hasta el momento, dicha forma de pago revestía el carácter de optativa.
Cabe aclarar que forman parte del Sistema SICOM los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, que revistan mayor interés fiscal y que tributan por el Régimen del Convenio Multilateral, al momento de su notificación de inclusión.
Para el resto de los contribuyentes, la utilización del VEP seguirá siendo optativa.